Los otros artículos de esta sección explican qué le corresponde. Este explica a dónde ir — porque en Colombia el tratamiento, el certificado, la pensión y el reclamo los resuelven cuatro instancias distintas, y tocar la puerta equivocada no atrasa el trámite: lo detiene.

Quién resuelve qué
| Instancia | Resuelve |
|---|---|
| Su EPS (y la IPS de su red) | El tratamiento: consultas, medicamentos, terapias. Y le entrega la copia de la historia clínica |
| Su médico tratante | El diagnóstico CIE-10, la modalidad de la valoración (institucional o domiciliaria) y los apoyos que necesita |
| Secretaría de salud distrital o municipal | La orden para el procedimiento de certificación de discapacidad |
| IPS autorizada — equipo multidisciplinario | La valoración y el certificado de discapacidad. También la segunda opinión |
| Colpensiones o su AFP | Remitir el caso a la junta y reconocer la pensión de invalidez |
| Junta de calificación de invalidez | El porcentaje de pérdida de capacidad laboral. La Junta Nacional es la segunda instancia |
| Superintendencia de Salud | Quejas contra la EPS |
| Juez (tutela) o juzgado laboral (pensión) | Cuando le niegan lo que le corresponde |
El orden importa
Después, tres caminos que no se cruzan:
Salud. EPS → tratamiento. Si lo niegan → tutela.
Discapacidad. Historia clínica → secretaría de salud (orden) → IPS (valoración) → certificado y registro. Abre programas y beneficios asociados a la condición de discapacidad.
Pensión. Concepto de la EPS → su fondo remite a la junta → porcentaje → reconocimiento. Si lo niegan → juzgado laboral.
Avanzar en uno no adelanta los otros. Y el certificado de discapacidad no da la pensión: son evaluaciones distintas, con criterios distintos.
Los plazos que puede exigir
| Trámite | Plazo |
|---|---|
| Secretaría verifica documentos para la orden | 4 días hábiles |
| Secretaría emite la orden | 1 día hábil más |
| IPS asigna cita y valora | 10 días hábiles |
| Juez decide una tutela | 10 días |
| Impugnar una tutela negada | 3 días hábiles |
Anote las fechas de todo. Sin fechas no hay incumplimiento que probar.
Dónde le ayudan gratis
Esto es lo que más se subutiliza en Colombia. Ninguno cobra:
- Consultorios jurídicos de las universidades de su municipio — redactan tutelas a diario.
- Casas de Justicia.
- Personería Municipal.
- Defensoría del Pueblo.
- Para temas de pensión, además: Inspector del Trabajo.
Si alguien le ofrece «gestionarle» la tutela por dinero, sepa que el trámite no tiene costo y no requiere abogado.
Dónde encontrar a otros
Fundación Parkinson Bogotá (parkinsonbogota.org) — acompaña a personas con Parkinson y a sus familias con un enfoque comunitario.
No es un trámite, pero suele saber lo que ninguna guía explica: qué neurólogo atiende en su red, cómo pedir la valoración domiciliaria, qué escribir en una tutela para que prospere.
Lo que conviene llevar siempre
La copia de la historia clínica, con el diagnóstico CIE-10 y los soportes. Y recuerde: no tiene tiempo de vigencia, así que no la descarte por antigua.
Informes que describan función. Marcha, bloqueos, caídas, cuánto tarda en las tareas diarias, y los períodos en que la medicación deja de hacer efecto. Un papel que solo dice «enfermedad de Parkinson» no mueve ninguna de estas ventanillas.
Los radicados. Cada solicitud que hace deja un número. En una tutela, esos números son la prueba de que usted pidió y no le respondieron.
Un cuaderno con fechas. Cuándo pidió, quién lo atendió, qué le dijeron. Cuando un expediente se traba, ese cuaderno es la mitad del reclamo.
Si esto le aplica
| Su situación | A dónde ir |
|---|---|
| Le niegan un medicamento o una terapia | Tutela ante un juez. Gratis y sin abogado |
| La EPS no le da la historia clínica | Están obligados. Reclame por escrito y guarde el radicado |
| Quiere certificarse como persona con discapacidad | Secretaría de salud distrital o municipal, con la historia clínica |
| No puede desplazarse a la valoración | Pida a su médico tratante la modalidad domiciliaria |
| No está de acuerdo con el certificado | Solicite la segunda opinión en la IPS |
| No puede trabajar más | Concepto de la EPS → su fondo remite a la junta de calificación |
| La junta le dio menos del 50% | Controvierta ante la Junta Nacional de Calificación |
| Le negaron la pensión | Juzgado laboral. Sin abogado si la cuantía no pasa de 20 salarios mínimos |
| No sabe cómo redactar nada de esto | Consultorio jurídico, Casa de Justicia, Personería o Defensoría. Gratis |
| Se siente solo con esto | Fundación Parkinson Bogotá |
Este mapa reúne datos publicados por los organismos citados en las fuentes. Los canales concretos los define cada secretaría de salud — confirme el suyo antes de trasladarse.
