Cuando el Parkinson avanza hasta el punto de que trabajar deja de ser posible, muchas familias argentinas se enteran de esta pensión tarde, y con frecuencia confundida con otra cosa. Conviene separar las dos desde el principio.
Para quién es
La definición oficial es corta:
A personas que se encuentran imposibilitadas de trabajar por razones de salud y en situación de vulnerabilidad social.
Dos condiciones, no una. La imposibilidad de trabajar por salud no alcanza por sí sola: la vulnerabilidad social forma parte del requisito, y es la razón de las incompatibilidades que vienen más abajo.
Los requisitos, tal como los publica ANSES
| Requisito | Detalle |
|---|---|
| Nacionalidad o residencia | Argentino nativo o naturalizado residente en el país. Si es extranjero, acreditar 10 años de residencia mínima continuada |
| Edad | Tener menos de 65 años |
| Otras prestaciones | No estar recibiendo jubilación ni pensión |
| Certificado Médico Oficial | Hay que tenerlo antes de iniciar el trámite. Se obtiene en hospitales públicos |
| Informe catastral | Solo si vive en Santiago del Estero, Santa Cruz, San Luis, La Pampa, Neuquén o Tierra del Fuego |
El requisito de edad tiene una lógica: a partir de los 65 el camino es otro (la vejez tiene su propia prestación), y por eso esta pensión se cierra ahí.

Cuánto es y qué se pierde
El monto de la prestación equivale al 70% de una jubilación mínima. Es un porcentaje, no un número fijo: se mueve con la mínima.
La incompatibilidad es el punto que más sorprende:
La Pensión No Contributiva por Invalidez Laboral es incompatible con cualquier tipo de relación laboral, ya sea en relación de dependencia, en forma autónoma o como monotributista del régimen general (podés ser monotributista social).
Es decir: no se puede combinar con trabajo registrado, salvo el monotributo social. Si su situación es «puedo trabajar algunas horas los días buenos», esta pensión probablemente no sea el camino, y conviene revisar antes qué pierde y qué gana.
También cambia lo que cobra por hijos: si percibe la Asignación Universal por Hijo o la Asignación por Embarazo, al otorgarse la pensión deja de percibirlas, y en su lugar pasa a la Asignación Familiar por Hijo o la Asignación por Prenatal, según corresponda. No es una pérdida automática — es un cambio de régimen— pero conviene saberlo antes y no después.
El Certificado Médico Oficial es la parte que decide
El CMO lo emite un hospital público, y es lo que ANSES lee para evaluar la incapacidad laboral. En Parkinson, la diferencia entre un certificado que sirve y uno que no suele estar en si describe función o solo diagnóstico.
Un certificado que dice «enfermedad de Parkinson» describe una etiqueta. Uno que dice qué pasa con la marcha, con los bloqueos, con la escritura, con el habla, con las caídas, y cuánto duran los períodos en que la medicación no hace efecto, describe por qué esa persona no puede sostener un trabajo. La segunda versión es la que decide el expediente.
El paso a paso
El trámite es gratuito, en línea o presencial con turno.
La auditoría iniciada en 2025
Hay un dato que conviene tener presente porque afecta a quienes ya cobran la pensión. Según ANSES, en marzo de 2025 el Ministerio de Salud, junto con la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) y PAMI, inició un proceso de auditoría de estas pensiones. El proceso no aplica a menores ni a personas auditadas en 2024.
El circuito, tal como lo describe el organismo: quien recibe la carta documento de ANDIS debe hacer el control médico en PAMI y luego presentar la documentación correspondiente en ANSES, con turno previo.
Si le llega esa carta, el error caro es no responder. Y el segundo error caro es presentarse al control con la documentación mínima: si tiene informes de neurología, estudios y el historial de la enfermedad, llévelos.
Dónde consultar en persona
ANSES publica que se pueden hacer consultas y trámites presenciales en la oficina de ANDIS, en Hipólito Yrigoyen 1447, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con turno.
Si esto le aplica
| Su situación | Qué hacer |
|---|---|
| No puede trabajar por el Parkinson y tiene menos de 65 | Empiece por el Certificado Médico Oficial en un hospital público |
| Tiene CUD y cree que ya tiene la pensión | Son trámites distintos. El CUD no otorga la pensión |
| Trabaja registrado o es monotributista del régimen general | La pensión es incompatible. Revise el cálculo antes de renunciar a nada |
| Es monotributista social | Esa modalidad sí es compatible |
| Su certificado médico solo dice el diagnóstico | Pídalo de nuevo, describiendo función: marcha, caídas, períodos «off», tiempos de las tareas diarias |
| Recibió la carta documento de ANDIS | Haga el control médico en PAMI y presente la documentación en ANSES con turno. No dejar de responder |
| Tiene 65 años o más | Esta prestación no corresponde. El camino es otro |
Este resumen reproduce la información publicada por ANSES en la página enlazada. Los requisitos y montos pueden actualizarse — confirme en el sitio oficial antes de iniciar el trámite.
